El perdón
¿Qué es el perdón? Es una palabra inserta en nuestro lenguaje cotidiano
que parecería no tener mucho problema. Perdonar es disculpar a alguien de algo
ciertamente. Pero el usar un sinónimo no termina de aclarar el problema de su
naturaleza. Incluso podría complicarlo si nos cuestionamos si son lo mismo
perdonar que disculpar, perdonar o excusar. En el Diccionario de Ética y Filosofía Moral es definido como la “acción
de considerar por nula y sin razón una falta u ofensa, de no guardar rencor al
culpable y de no tenerle resentimiento”.[1]
Dicho diccionario sigue la acepción de Tesoro
de la lengua francesa. Si atendemos a la RAE, ésta entiende al perdón como
la acción de perdonar, como la remisión
de la pena merecida, de la ofensa recibida, de una deuda u obligación
pendiente; también es concebido como una indulgencia.[2]
El perdón es una categoría que se usa en los ámbitos moral, político y
religioso. Desde la Antigüedad se habla del perdón. Al menos ya en Platón este
figuraba en su Filosofía. El Ateniense
creía que nadie actuaba mal voluntariamente, filosóficamente no había
culpables. Sin embargo, los actos malos eran expiados con el justo castigo.
Aristóteles, por su cuenta, propone perdonar las faltas a través de la
magnanimidad y la equidad. Los estoicos proponen la piedad como medio para
perdonar, esto implica abandonar el resentimiento, tener paciencia, tolerancia,
amor, etc. Ya en el Cristianismo el perdón se volvió una idea central. Dios
perdona, y quien no perdona, no será perdonado, el perdón es una forma de amar
al prójimo y a Dios, es una forma de remisión de los pecados, etc. Esta
religión influyó en las ideas modernas sobre el perdón de pensadores como
Spinoza y Hobbes.
En la actualidad algunos pensadores como Rawls, Derridá, Ricoeur, Levinas
o Arendt hablan del perdón. Rawls aborda
al perdón en término jurídicos. Derrida y
Levinas habla del perdón en términos más psicológicos y personalistas.
Ricoeur habla en términos más históricos. Arendt en términos políticos.
Rawls entiende que en un marco legal de justicia el perdón opera como una
acción supererogatoria. Es un acto permitido, aunque no es obligatorio. No
siempre se ve claro qué pierde o gana quien decide perdonar. En algunos casos
el perdón, sería un deber bajo ciertos casos ideales en los que ciertas
condiciones fueran satisfechas. Claro que este nivel legal es muy básico. El
fenómeno del perdón va mucho más allá.
Para Derrida el perdón solo es de lo imperdonable, de aquello que no
tiene atenuante, ni excusa, ni esperanza, ni razón. El perdón en este sentido
es parecido a la fe religiosa. Es gratuita. Se perdona más fácilmente a quien
se ama, que a quien no. En realidad si hay razones para perdonar, entonces eso
no es perdón puro, sino impuro, es decir, una excusa. En este tipo de perdón se
perdona por un cálculo intelectual que puede tener 3 razones distintas: 1) que
el culpable no es tan malo, que tiene un grado de inocencia, de bondad, o
incluso que cabe la posibilidad de que sea inocente y esté siendo acusado
injustamente, es una especie de “culpable-inocente”; 2) que el culpable al ser
perdonado va a mejorar; es creer que el tendrá acceso a una nueva vida, de
salvar un alma inmortal, tiene una intención purificadora y pedagógica; 3)
casos en los que se mezclan las excusas la gratuidad del perdón otorgado con
las razones aducidas para perdonar.
En la práctica, cree Derrida que en la historia de la humanidad no se ha
dado ningún perdón puro, no obstante, éste constituye un límite psicológico.
Está en el horizonte como un punto que se alcanza sólo en un instante. El
hombre que perdona sinceramente, experimenta las “delicias” de una conciencia
contenta, aunque queda una cierta dosis de resentimiento, pero también con una dosis de amor. Hay una
semejanza entre el amor puro sincero y el perdón. El recuerdo y la
retrospección se dan en este acto. En consecuencia, el perdón es alcanzable,
aunque sea intangible. Hay una negatividad objetiva de su pureza, que aun así
se torna en positividad vivida. Ahora bien, algo de milagroso puede advenir del
instante en el que se perdona cuando se funda una nueva vida, cuando se
instauran nuevas relaciones interpersonales.
El perdón, es silencioso, no es hablador. El perdón hablador es
sospechoso, porque ese perdón está más interesado por sí mismo (por el sujeto que perdona) que por
el “pecador”. Este perdón no renuncia a la continuación de su ser propio,
ni a su futuro vital. El perdón te lleva
a la renuncia de la hosquedad, de la agresión y de la venganza. En ese sentido
es desinteresado y no desesperado. Pero también es reactivo y secundario. Esta
secundaridad se da acompañada de piedad (como una especie de caridad despertada
por la miseria del otro), la gratitud (como la memoria cordial del beneficio
otorgado) que lucha contra el resentimiento para llevar al olvido, y el
arrepentimiento. A pesar de ser reactivo, es un don total que no da nada, y
salva los obstáculos. Es un acto que es desproporcionado a la falta recibida.
Luego Derrida habla de un perdón límite, que en realidad, me parece se
identifica con todas las características del perdón puro, porque es un perdón
que se da sin razones, es hiperbólico. En otras palabras, el perdón puro es
perdón límite.
Ricoeur, en cambio, contextualiza el perdón en la memoria, como un
imperativo de justicia que hace que la deuda hacia las víctimas no sea olvidada
por quienes suceden a ellas. Dentro de este marco el perdón es reconciliación
con el pasado. El perdón reintegra la
identidad al devolverle su capacidad de actuar. El perdón es la solución a los
límites de la realidad y problemas del pensamiento contemporáneo. El perdón es
amor. El perdón es un acto de locura de lo imposible y sin medida. La falta
cometida es el horizonte común entre la memoria, la historia y el olvido. La
falta es, además, el presupuesto existencial del perdón. Ella es el mal moral y
no se puede disociar del concepto de
pecado. Se vive desde los sentimientos; pero al final, es una experiencia que
nos lleva a reflexionar. La falta, en su profundidad, remite a lo imperdonable
de hecho y de derecho. Eso es la culpabilidad. Ahora bien la culpabilidad radical
del hombre es inherente a la condición humana. La culpabilidad es resultado de
la libertad. Una vez realizada la acción que causa el mal, ésta no se puede
deshacer. Entonces es que surge una deuda. Mientras que en el contexto ético la
culpa es individual, en el contexto político la culpa es colectiva. En el
contexto de la geopolítica es deuda se traduce
en el crimen contra la humanidad. El perdón en la política permite a las
sociedades continuar sin venganzas, liberando del pasado y comprometiéndose con
el futuro como promesa, el perdón ve en el sujeto culpable algo más que un
culpable, ve un agente que se disocia de
su acto. Se condena a la acción, no a la persona. El perdón implica olvidar la
deuda, pero no el pasado, cuida el presente y espera del futuro. Aun así, hay
algo de olvido en el perdón si se quiere aspirar a un futuro.
En el ámbito de la relatoría de justicia, la filosofía de Levinas sirve
como una herramienta para transitar del sufrimiento inútil al útil. Parte de la
idea de que el sufrimiento no es comprensible para la conciencia, es
insoportable y pasivo. Se escapa a la
conciencia intencional para anclarse en el sinsentido, en el absurdo. Se
reclama una respuesta que le dé sentido al sinsentido. Paradójicamente, el
sufrimiento por el sufrimiento alguien más es
un principio ético supremo. El deseo de
bondad o de justicia, no se desprenden de la contemplación de una
verdad, sino de la revelación del Otro. El otro se revela como infinito. El
deseo de bondad, se desprende de ahí. El deseo de justicia es un deseo
absolutamente no egoísta. No obstante, la verdad participa de este principio
ético, como el fundamento que asegura la justicia. Ya establecido –y solamente
cuando está establecido- este principio, la injusticia brotaría de la ignorancia
o de la falta de un juicio recto. Es decir, la bondad antecede a la buena
voluntad cuando se habla de justicia. Pero cuando no se opera bajo el principio
ético supremo, el esquema anterior no opera.
El sufrimiento individual alerta de un daño fisiológico y también templa
el carácter. En el caso del sufrimiento social constituye un llamado de
atención para mejorar el cuerpo colectivo. En el caso de Levinas este
sufrimiento va con la búsqueda de un sentido, y éste la entiende como Teodicea.
El dolor tiene sentido solo por la fe o por la creencia en el progreso. Este
sentido busca un orden justo que comprenda el sufrimiento en orden a un bien,
pero no en términos de iguales, sino de desiguales, que yo soy yo y el otro es
el otro. Pero hay una gratuidad surgida de su alteridad, la cual debería regir
las relaciones ético-políticas. Esa gratuidad posiblemente esté ligada al
perdón.
Ahora paso a Arendt. Para ella el perdón es un medio para alcanzar un fin
determinado y predecible. Dicho fin, de antemano es la perseveración del mundo,
hacer del mundo un mundo común. Considera, que el rol del valor en la humanidad
fue descubierto por Jesús de Nazareth. Es icónico su “Señor, perdónalos, no
saben lo que hacen”. Pero el perdón no es una cosa exclusiva de Dios, sino que
los seres humanos son los que se tienen que perdonar mutuamente. Ella
seculariza este concepto religioso, lo entiende como una experiencia humana que
surge de la pluralidad humana. La pluralidad humana, que debe ser entendida no
cuantitativamente, sino cualitativamente como diversidad. Por
ende, es una facultad política. El que sea una facultad no significa que ésta
se ejerza. Dicha facultad para ser ejercida se tiene que convertir en una
capacidad. La actualización de esa
facultad es lo que se convierte en la capacidad de perdonar. Esta capacidad se ejerce en la vida activa, es
decir, la labor, el trabajo y la acción. En este sentido es una reacción que
sucede a una acción que es primera en el tiempo. El perdón da por finalizado
algo que no tendría fin, que conduciría a la venganza. El perdón hace
reversible lo irreversible, trata de deshacer las consecuencias impredecibles
del actuar humano. El perdón es un remedio. Libera al pasado rehabilitando la capacidad
de actuar, da continuidad a la acción sin que se olvide lo cometido. El perdón perdona acciones cometidas por la
libertad. No actúa sobre el mal radical, pues éste es de suyo inacción. El perdón no se fundamenta en el amor, ni la
compasión, sino en el respeto que se tiene a la persona. Lo que se perdona es a la persona, no a la
acción cometida. Para perdonar a dicha persona interviene la comprensión, la
comprensión permite a su vez reconciliar. Sin embargo, la comprensión por sí
misma no significa perdón, ni tampoco reconciliación; pero sí es la base.
En fin, estas son algunas de las muchas propuestas ligadas al perdón.
[1] Monique
Canto –Sperber (editor), Diccionario de Ética
y Filosofía Moral, t.2 México, 2001, entrada: perdón.
[2] http://dle.rae.es/?w=perd%C3%B3n
(consultado el 16 de abril del 2016).
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