La Justicia
Hablar
de la justicia en un mundo que calificamos frecuentemente como injusto resulta
algo aventurado: sea por infructuoso, por utópico, laberíntico, lo que sea. Sin
embargo, la justicia es un tema que a todos nos afecta. La búsqueda de la
justicia, según Hans Kelsen, es la eterna búsqueda de la felicidad humana, una
felicidad que no encuentra sola, sino que la halla en la sociedad. Por eso la
justicia es la felicidad social. Garantizada por un orden social.
La
justicia es algo que se da en el hogar o en el Estado, lo mismo puede ser
entendida como una virtud moral, que como un valor en la axiología o como una potestad
que una divinidad se encarga de impartir dentro de una religión; o bien, como
un concepto jurídico dentro de una legislación. Viene del latín iustitia, que significa “condición de lo
justo”, es decir, la cualidad o característica de ser justo. Es uno de los
términos más polémicos y polisémicos que hay. Afecta a las vidas, bienes y
proyectos de la gente. Unas personas la asocian con el merecimiento de algo,
otras con lo debido respecto a los derechos humanos, otros con lo que es útil para el hombre,
otros con el respeto a los acuerdos o contratos.
Sea
lo que sea, la justicia tiene tres condiciones necesarias para su existencia,
según Otfried Höffe: 1) necesita de las relaciones sociales, 2) requiere de una
corresponsabilidad entre las personas ante una forma de organización de la
realidad, 3) la idea de que esa forma de organización puede ser mejor o peor
que otra, buena o mala.
Cuando
no se sabe qué es la justicia, se puede acceder más fácilmente a ella, por el
lado contrario: la injusticia. Es decir, la vía negativa, de lo que no es la
justicia y nos hace protestar y lleva a la petición de justicia como una
restitución por el daño o pérdida causado, sirviendo esto como una terapéutica. Cuando, en cambio se dice de antemano, qué es
lo que le debe corresponder a alguien, entonces se tiene la justicia positiva. En ese sentido, la justicia es “una cualidad
posible, pero no necesaria, de un orden social que regula las relaciones mutuas
entre los hombres”.[1]
La tradición jurídica
ha considerado que en el ámbito de la justicia deben de operar dos principios
de “justicia natural”: 1) nadie puede ser juez y parte, 2) hay que escuchar a
la parte adversa y no sólo la acusadora. Se busca, pues, que la justicia se
imparcial, y con ellos excluya la arbitrariedad.
Ahora
bien, la justicia por la justicia, vaya, el fanatismo de la justicia, de buscar
la sanción en todo es un exceso. Hay un dicho latino que dice que al servicio
de la justicia se puede conducir al mundo entero a la ruina. Muchas veces, las personas que viven
entregadas al “deber ser” son las más intolerantes e injustas que puede haber. Una
cosa es la autopercepción y otra lo que hago. Por eso Pascal dijo: “Hay dos
clases de hombres: los justos que se creen pecadores y los pecadores que se
creen justos”.[2]
Lo cierto es que denota un gran problema en la interpretación que dentro de una
sociedad se puede tener sobre lo que es justo o injusto.
La
perfecta justicia no es posible en el mundo.
No obstante, según Héctor Rogel, ella es la protectora de los derechos
humanos, y en la medida en que luchemos contra la injusticia (el mal), el mundo
puede ser más habitable y mejor. El problema está en que “Ninguna otra cuestión
se ha debatido tan apasionadamente, ninguna otra cuestión ha hecho derramar
tanta sangre y tantas lágrimas, ninguna otra cuestión ha sido objeto de tanta
reflexión para los pensadores más ilustres de Platón a Kant. Y sin embargo, la
pregunta sigue sin respuesta”.[3] Ahora revisemos lo que
algunos exponentes de la historia han dicho.
El
tema de la justicia es muy antiguo. Lo mismo la vemos codificada en el Código
de Hammurabi, que en el Decálogo de Moisés.
Pero en el mundo Occidental se detecta por primera vez su
problematización en la Ilíada y la Odisea con la palabra dike que significaba justicia en griego. Para Homero el hombre
pertenecía a un orden social en el que tenía responsabilidad, y Zeus era el
garantizador de ese orden entre las comunidades.
Influenciados
por ese marco cultural, los filósofos presocráticos consideraron a la justicia
como la no interferencia con el orden o medida establecidos en el universo. A
esto le podemos llamar justicia cósmica. Esta justicia cósmica o bien la
justicia natural no existe. En realidad hoy los filósofos no las aceptarían. De
hecho Kelsen dice que no puede haber nada más injusto que la naturaleza: a unos
los hace inteligentes, a otros estúpidos, unos nacen sanos, otros enfermos. No
obstante, la justicia fue una noción de equilibrio natural, que fue trasladada
a la sociedad a través de la convención, gracias a las investigaciones de los
sofistas, quienes estudiaron la relación entre la naturaleza y la sociedad.
Trasímaco, con crudeza, consideró que la justicia consistía en la aplicación de
la ley del más fuerte. Platón, en
cambio, consideró que ésta consiste en darle lo que a cada quien le
corresponde. La justicia era una condición necesaria para la felicidad y el
buen funcionamiento de la sociedad. Era la armonía entre las virtudes
fundamentales: prudencia, fortaleza y templanza, así como la armonía social
entre los sabios-gobernantes, los soldados y los productores. Pero ante todo,
la justicia era una idea trascendental,
fuera del mundo material. Esa misma ruta siguió su discípulo Aristóteles,
pero desde el plano terrenal. Entendió
la justicia como la totalidad de la virtud, como la virtud perfecta, como el
justo medio entre dos extremos, el exceso y la carencia. Esto significa que la
justicia es el horizonte desde el cual cobran sentido todas las virtudes. Pero
también es el ejercicio de todas las virtudes en cada ciudadano de la polis. La
justicia es hacer lo que la ley requiere.
Aristóteles pensó que había dos tipos de justicia, una distributiva y
otra correctiva, la primera dividía proporcionalmente bienes, la segunda
restauraba lo destruido en lo posible.
Pues bien, a este escenario helénico el
Cristianismo añadió un toque de humanismo religioso al decir que es son la
caridad y el amor los rebasan y nutren a
la justicia humana (derecho de gentes), la cual, tiene por fundamento una ley
natural y detrás de ésta una ley divina. Posteriormente, en la Edad Moderna, la
noción de justicia se secularizó: Hobbes consideró que la justicia se
desprendía del poder absoluto del soberano; Hume la consideró como algo que va conforme al
interés de todos los miembros de una sociedad (utilidad pública). En esa misma
línea y con mucha claridad Bentham dijo que un acto justo es aquel que produce
la mayor felicidad para el mayor número de personas, contando tal cual cada uno
como uno. La justicia tenía que ver, para él, con una conjunción entre el
interés y deber. Paul Ricoeur entiende a
la justicia, no sólo como un procedimiento, sino también como una institución
en la que se realiza de manera efectiva y real el amor.
John
Rawls objetó que la justicia no debe responder o servir a intereses, sino a una
razón universal con principios artificiales, pero no arbitrario, mediante el
establecimiento de una comunidad de justificación que permita someter al
escrutinio y consensuar las justificaciones. Un criterio para elucidar sobre la
legitimidad de una justificación sería la del ponerse en el lugar de la parte contraria.
Trata de establecer las condiciones en las cuales una sociedad sería justa.
Siguiendo un poco esa tónica, pero privilegiando a la libertad, Nozick dice la
justicia debe ser una habilitación, en contraste con las concepciones de
justicia que establecen principios con criterios prestablecidos que afectan al
libre juego de las decisiones de los individuos. Para ello, entonces, propone
los siguientes criterios: 1) la apropiación libre de un bien si no afecta o
deteriora la calidad de vida de alguien,
2) un principio de transferencia justa, una distribución de los bienes
que no sea acaparada por una minoría, 3) la rectificación de lo hecho. Nozick
propone una justicia de mercado libre sin Estado. Carl Marx, quien sería la
antítesis del liberalismo de Nozick, consideró que la justicia era un concepto
manipulado ideológicamente, pero aun así, elaboró un modelo de sociedad que
garantizara la mayor igualdad y oportunidades para todos los hombres, un modelo
que podríamos llamar justo. Y algo muy interesante es que Marx, aunque propone
una dictadura del proletariado, su
objetivo es una comunidad sin Estado. Marxismo y Liberalismo coinciden. Marx y
Nozick, se hubieran caído bien.
Tal
vez el aguafiestas en toda esta reflexión es Hans Kelsen, el teórico de la justicia
que en los años setenta declaró que ésta es emotiva e irracional, en el sentido
de que no se puede establecer un criterio científico y objetivo de la verdad,
pues está muy ligada a la convicción
ética de cada persona, que es subjetiva y emotiva (deseos y miedos), que posee
sus propios valores absolutos en función de los cuales justificará los fines y
medios de su conducta. Si se da la regla de oro de “haz felices a los otros, no
los hagas desgraciados”, el problema de la subjetividad de la justicia sigue
ahí presente en la interpretación de la frase y en la decisión de seguir la
norma, parece un haber criterios
universales y objetivos de ésta. La justicia es relativa, es personal, y para
Kelsen su justicia es la de la libertad, la paz, la democracia y la tolerancia.
A modo de conclusión
Según
el contexto, la justicia puede recibir diferentes nombres. Si la justicia si
tiene que ver con un intercambio justo de bienes o servicios, se llama justicia
conmutativa, si tiene que ver con una distribución equitativa de un bien o
servicio, se le llama justicia distributiva. Si ésta tiene que ver con la
realización correcta de un proceso, se le llama justicia procedimental. Si ella
tiene que ver con la moralidad del individuo, se le llama justicia personal, si
se refiere a causarle un daño a quien lo causó, se le llama justicia
vindicativa, si tiene que ver con la comunidad, justicia política o social, y
si tiene que ver con las leyes que tienen que obedecerse, justicia legal. A veces
unas y otras justicias chocan entre sí. Por ejemplo, una juez puede impartir
justicia conforme una ley, y esa ley ser injusta, lo mismo que su sentencia. Así
le pasó a Sócrates, quien fue condenado a muerte injustamente en Atenas. Él prefirió sufrir
una injusticia antes que cometerla, por eso, no escapó, para respetar la ley.
Sin embargo, no todos piensan lo mismo, hay quienes consideran que si una ley
es injusta, hay que combatirla, incluso violarla.
Y
es que independientemente de cuál sea el contexto de la justicia, ésta
consiste en ponerse en el lugar del otro, como bien dijo don Fernando
Savater. Ahora bien, pon atención a lo
siguiente: no siempre queremos ponernos en el lugar del otro, no siempre le damos lo que le corresponde. Esto
depende de una decisión, de una actitud. En ese sentido, más que de la
justicia, se podría hablar de la gente justa, y las personas no siempre lo son.
El justo es quien pone su fuerza al servicio del derecho y los derechos, al servicio de la igualdad de todos los
hombres. La justicia no existe. Como dijo André Comte-Sponville, ella
“pertenece al orden de cosas que hay que hacer justamente porque no lo son”.[4] Por lo tanto, la justicia
solamente existe sí se aplica. Por eso,
nunca terminará la lucha por alcanzarla. Como dije, hablar de la justicia, es
algo muy aventurado.
Tarea
Organizar un debate en torno a la justicia
respecto a un tema social (derecho del Estado a prohibir o permitir la pena de
muerte, sobre la expropiación de un predio a un grupo, el derecho de las
autodefensas a levantarse a pesar de la existencia de un gobierno, etc).
Fuentes:
André Comte-Sponville, Pequeño Tratado de las Grandes Virtudes, 2ª ed., Edit. Andrés Bello, México, 2001.
Fernando Savater, Ética
para Amador, edit. Arierl, México, 2012.
Guido Gómez de Silva,
Breve Diccionario Etimológico de la
Lengua Española, FCE, México, 2009, entrada: justicia.
Hans Kelsen, ¿Qué es la justicia?, edit.
Planeta-Agostini, España, 1993.
Héctor Rogel, Diccionario
de Términos Filosóficos, Edit. Seminario Conciliar de México, México, 2004,
entrada: justicia.
José Ferrater Mora, Diccionario de Filosofía, t. II, edit. Ariel, Barcelona, 2001,
entrada: justicia.
Monique
Canto-Sperber, Diccionario de Ética y de
Filosofìa Moral, t. I, FCE, México,
2001, entrada: justicia.
Philiphhe Raynaud y
Stéphane Rials (comp), Diccionario Akal
de Filosofía Política, Madrid, 1996,
entrada: justicia.
Rafael Gil Colomer (comp) Diccionario filosófico-pedagógico,
Edit.Dykinson, Madrid, 1997, entrada: justicia.
[2] André
Comte-Sponville, Pequeño Tratado de las
Grandes Virtudes, 2ª ed., Edit.
Andrés Bello, México, 2001 73.
[3]
Kelsen, Op. Cit.,, p. 35.
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