El Sistema Político Mexicano
México
surge del encuentro violento entre los grupos indígenas de Aridoamérica,
Oasisamérica y Mesoamérica con el Imperio Español.
Aridoamérica
es una región cultural en el Norte de México que constaba de grupos nómadas que
se dedicaban a la caza-recolección, su identidad era tribal, no tenían una
concepción de Estado. Mientras que Mesoamérica es una zona cultural del Centro
y Sur de México en la que se establecieron grupos sedentarios con la práctica
de la agricultura.[1] La organización política mesoamericana fue
más compleja. Partía de una asociación
entre el gobernante y el dios solar; ambos ejercen la función del gobierno. Esa
fusión simbolizaba lo masculino, el guerrero, el día, el calor. Pues bien además del aspecto teocrático de la
política mesoamericana, encontramos que había un gran imperio, el Mexica, dos
grandes Estados antiguos que resistían sus embates (los tlaxcaltecas y los
tarascos) y un conjunto enorme de 1500 señoríos o ciudades-estado (altépetl), de los cuales, unos
setecientos estarían sometidos por la Triple Alianza. Cada señorío tenía un
tlatoani, que concentraba todo el poder.
España
era un Estado moderno de corte monárquico, que surgió de la lucha contra los
árabes, unificando a la mayor parte de la Península Ibérica. Posteriormente
tuvo mayúsculos tintes imperialistas, extendiéndose en buena parte de los
territorios descubiertos del Continente Americano, algunas islas asiáticas y
algunos territorios africanos. Consecuentemente, se establecieron así la
Colonia de la Guinea Española (hoy Guinea Ecuatorial), los protectorados de
Marruecos y el Sahara Español, y dos grandes Virreinatos: el de la Nueva España
en el Norte de América y algunas islas asiáticas (Filipinas, Guam y Palaos), y
el Virreinato del Perú en el Sur.[2]
Tras
la conquista española de los pueblos indígenas, pasaron a la calidad de vasallos
del Rey de Castilla.[3] No
eran propiamente ciudadanos españoles, sino súbditos. La ciudadanía española
estaba reservada para los nativos de la península ibérica de raza blanca. Incluso sus hijos, ya
eran ciudadanos de segundo rango, ya que aunque tenían muchos derechos, no
podían ejercer cargos administrativos políticos y eclesiásticos de importancia,
ni pactar los mejores negocios o adquirir las mejores tierras. Los mestizos de
todas las combinaciones, los indígenas americanos, los asiáticos y los negros tenían menos derechos que los criollos.
En términos generales, entre más era obscura la piel, más impura era la
persona. No hubo realmente la consolidación de una identidad imperial
equitativa, hecho que llevó a un declive del Imperio Español y su división en
varias naciones que se independizaron en su mayoría en los primeros treinta
años del siglo XIX, motivados por el hartazgo e inspirados por la Ilustración y
Revolución Francesas, y el movimiento de Independencia de los Estados Unidos de
América.
Entre estas naciones estaba México, el cual
consumó su movimiento independentista en 1821. Su acta de independencia
reconoce la existencia de una nación mexicana que es soberana y libre respecto
a España. Sin embargo, nuestra patria inició con una monarquía liderada por
Agustín de Iturbide que duró muy poco, siendo suplantada por el Republicanismo
en 1824.
El sistema político actual
El sistema político mexicano se auto-reconoce
en la constitución mexicana como una república representativa, democrática y
federal. República porque el poder se concentra en varias personas,
representativa porque el poder es ejercido por los ciudadanos indirectamente a
través de sus representantes, democrática porque reconoce unas garantías
fundamentales y prevé mecanismos de
elección de sus representantes y es federal porque está constituida por 31 Estados
libres y soberanos en su régimen interior asociados en una federación y un
Distrito Federal (que es la sede de los poderes federales)[4]. Esto deriva en el establecimiento de 3 niveles
de gobierno: el Federal, el Estatal y el Municipal (este último, es la división
del estado en pequeñas zonas territoriales que fueron heredadas por la
estructura organizacional del Virreinato).
El
poder está dividido en tres ramas: el poder ejecutivo, el legislativo y el
poder judicial. El primero ejecuta las acciones necesarias para que el Estado
provea seguridad, servicios, bienestar, el segundo crea las leyes que indican
las funciones y límites del poder ejecutivo; da las reglas que tiene el Estado
para actuar. El poder judicial, obliga al Estado y a los ciudadanos al
cumplimiento de las leyes, realizando juicios y emitiendo sentencias que tienen
el carácter de obligatoriedad, es decir, vigila el cumplimiento del orden
constitucional e imparte justicia.
El poder ejecutivo
El
sistema republicano es presidencialista, ya que el titular del ejecutivo es
elegido por el voto popular, tiene periodos fijos de gobierno, nombra él un
gabinete y tiene poderes legislativos.
El
presidente es elegido por voto directo de los ciudadanos en un proceso de
votación simple, es decir, gana quien tenga la mayoría de los votos, sin
importar el porcentaje, su gobierno tiene un periodo de duración de 6 años en
el cargo[5] y
no puede reelegirse bajo ninguna circunstancia. Tiene ciertos poderes limitados
para intervenir en la legislación y el poder judicial. Sus poderes legislativos
son los siguientes: poder de iniciativa (el poder de proponer e iniciar leyes),
la facultad de veto (hacer objeciones al congreso para que tome ciertas
consideraciones para emitir una ley), poder de decreto (facultad de emitir
leyes por decreto en casos de emergencia). Sus poderes judiciales son: indultar a reos y sentenciados por el Poder
Judicial; ayudar al poder judicial a ejercer sus funciones, perseguir delitos y expulsar a extranjeros cuya presencia sea
inconveniente. Además consta de otras facultades no legislativas en relación con
la defensa y seguridad nacional, la política exterior, la economía. Es el jefe
supremo de las fuerzas armadas; dirige la política exterior, pudiendo firmar
tratados internacionales y controlar la entrada y salida de extranjeros al
país; también puede planear, la economía, recaudar los impuestos, otorgar
subsidios, emitir monedas y billetes y controlar la banca. En síntesis el presidente es el jefe de la
administración del país, de la administración pública federal, que son el
conjunto de dependencias y empresas del gobierno que le permiten cumplir con
sus obligaciones constitucionales. Las dependencias forman la administración
pública centralizada, las empresas del gobierno, la administración pública
descentralizada. En otras palabras, las dependencias del poder ejecutivo son la Presidencia de la
República, las secretarías de Estado, la Procuraduría General de la República,
el Ministerio Público y los organismos desconcentrados de las secretarías de
Estado (como el Servicio de Administración Tributaria o Correos de México). La administración
pública paraestatal la forman empresas como PEMEX y la Comisión Federal de Electricidad.
El poder legislativo
La
creación de leyes está a Cargo del Congreso de la Unión. Éste es un conjunto de
representantes populares elegidos por votación de mayoría o proporcional, que tienen
el encargo de legislar, teniendo fuero constitucional, es decir, no pueden ser
arrestados. Si cometieron un delito, tienen que ser desaforados y destituidos
por el mismo Congreso. Ellos se agrupan en dos Cámaras: Diputados y Senadores. Los
primeros son elegidos en función de los 300 distritos electorales federales y
su cargo dura 3 años; los segundos son elegidos por entidad federativa y sus
cargos duran 6 años. No pueden reelegirse, ni haber candidaturas
independientes; deben de provenir de un partido político. En total tenemos 500
diputados: 300 por elección de mayoría directa, 200 por representación
proporcional; y 128 senadores, 3 por entidad federativa (dos son escogidos por
mayoría relativa y uno por el principio de minoría (del partido político que
haya ocupado el segundo lugar en la elección).
Ambas
cámaras tienen igual poder, son co-legislativas. No obstante, tienen reservadas
algunas funciones ejecutivas que no requieren de la consulta de la otra cámara.
Los diputados tienen el atributo de reconocer el bando solemne del Presidente,
llevar a juicio político a un servidor público o aprobar el presupuesto de
egresos de la Federación. Los senadores ratifican tratados internacionales,
aprueban el nombramiento de ciertos funcionarios del gabinete presidencial
(Procurado General, diplomáticos, jefes militares) o los integrantes de la
Suprema Corte de Justicia propuestos por el presidente, autorizar la salida de
tropas mexicanas del país o la entrada de ejércitos extranjeros.
Para
aprobar leyes tienen al año dos periodos de sesiones ordinarios, pero también
pueden convocarse períodos extraordinarios. Las leyes se crean a través de
iniciativas que hacen el presidente, los diputados o senadores y las
legislaturas estatales o la Asamblea del Distrito Federal. La iniciativa tiene que ser dictaminadas por
una comisión, discutida y aprobada en
pleno (con o sin modificaciones). Una vez que una de las cámaras propone y aprueba
una iniciativa de ley, tiene que pasar a la otra cámara. Cuando las iniciativas
son de Reforma de la Constitución, además de la aprobación de además de la
aprobación de la mayoría de los integrantes de las cámaras, tienen que ser
aprobadas por la mayoría de los congresos estatales.
Una
vez aprobada una ley por las dos cámaras, tiene que ser revisada por el presidente –haciendo uso de
su facultad de veto- y luego publicada, para entrar en vigor, por el Diario
Oficial de la Federación.
El poder judicial
El
poder judicial no es elegido por la voluntad popular sino por personas
designadas en función de un perfil profesional. Está integrado jerárquicamente
por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), El Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación (TPDJF), el Consejo de la Judicatura, los
tribunales colegiados de circuito, los tribunales unitarios de circuito y los
juzgados de distrito.
La
Suprema Corte está integrada por 11 magistrados que permanecen 15 años en su
cargo y no pueden volver a ocuparlo. Son inamovibles, excepto por juicio
político. Tienen por función resolver las controversias constitucionales,
acciones de inconstitucionalidad, casos en los que las autoridades con cumplan
con una sentencia y revisar las sentencias polémicas o contradictorias de
instancias inferiores.
El
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación tiene por competencia
exclusivamente la impartición de justicia en el ámbito electoral. Consta de una sala superior con 7 magistrados
y 5 salas regionales con cinco
magistrados. Su función dura 9 años.
El
Consejo de la Judicatura es una instancia que revisa y controla la
administración de justicia de los funcionarios del poder judicial a excepción
de la SCJN y del TPDJF. Consta de 7 consejeros.
A
nivel territorial el poder judicial está dividido en 29 circuitos que pueden
ser colegiados o unitarios. Cada circuito colegiado está compuesto de 3
ministros, mientras que el tribunal unitario está compuesto sólo de un
ministro.
Finalmente
dentro de cada circuito hay distritos. En cada uno de ellos hay jueces que son
la primera instancia para impartir justicia. Es necesario señalar que la justicia en México requiere muchos avances.
Los organismos autónomos
Finalmente hay ciertos organismos del
Estado cuya autoridad no dependen de
ninguna de los tres poderes del gobierno. Su presupuesto es asignado por el Congreso de
la Unión y entregado por el Poder Ejecutivo. No obstante, tienen autonomía en
las decisiones de su área de competencia. Algunos de estos organismos autónomos
son el Banco de México, la Universidad Nacional Autónoma de México, el
Instituto Nacional Electoral., la Comisión Nacional de Derechos Humanos y el
Instituto Nacional de Geografía e Informática. Este tipo de organismos no fue
contemplado en la planeación de las primeras democracias modernas y su creación
no responde a una situación teórica, sino a una necesidad práctica del Estado
para atender algún asunto concreto en relación con ciertas funciones o
necesidades. A pesar de esto, la Suprema Corte de Justicia ha declarado que
estas instancias no rompen con la concepción tripartita del Estado mexicano.[6] En
los hechos, algunas de estas instituciones tienen un mayor o menor grado de
libertad. La UNAM goza de mucha libertad,
la CNDH es relativamente libre en
sus recomendaciones (aunque no tiene un poder coercitivo real), el INE está
coptado por los intereses del partido hegemónico.
Comentario Final
Nuestro
sistema político corresponde al de una república presidencialista y federalista
con una democracia representativa organizada dominada por las afiliaciones a
los partidos políticos. Se divide en los tres poderes tradicionales, pero ha creado una gran cantidad de
organismos autónomos. También posee tres niveles de gobierno que coexisten
entre sí: el municipal, el estatal y el federal. Por otro lado, yendo de la
teoría a los hechos, hay algunos pequeños inconvenientes. Freedom House en su
diagnóstico de la salud de las democracias en el mundo ha calificado a México como
parcialmente libre, en el que las libertades no se pueden ejercer a plenitud.
El internet es parcialmente (ocasionado por la reforma actual de
telecomunicaciones del 2014) y la prensa no es libre desde el 2011, ya que la
protección a periodistas, blogueros y medios de comunicación no se ha dado
realmente en relación con las amenazas, ataques y, en ocasiones, homicidios que
han sufrido por parte de lo que Bobbio denomina el poder invisble.[7] México
es uno de los países más peligrosos para el ejercicio de esta profesión. De
acuerdo con la organización internacional Reporteros sin fronteras, en su
diagnóstico del 2014 de la libertad de prensa ocupa el lugar 152 en libertad
dentro de una lista de 180 naciones.[8]
Pero el problema no sólo está en función de las libertades, sino también en el
funcionamiento mismo de la Federación. Muchos
municipios están en quiebra por razones distintas, y no todos los Estados
reciben los recursos necesarios para superar sus problemas por parte del
gobierno federal. Muchos servicios y productos son concentrados todavía en el
Distrito Federal o bien grandes urbes como Monterrey y Guadalajara, de tal
manera que en la práctica el sistema federalista tiene características
centralistas. Además, algunas de las
decisiones que toman las instancias correspondientes de los tres poderes no
están diseñadas para proporcionar el bien común, sino para beneficiar a
negocios personales y transnacionales. Así que, si bien legalmente tenemos una
república, realmente poseemos un sistema político plutocrático, partidocrático,
fallido y centralista. Esto es verdad, pero lejos de desanimarnos, tenemos que
esforzarnos por cambiarlo.
Fuentes:
María Amparo Casar, Sistema Político Mexicano, Edit.
Oxford University Press, México, 2010.
Varios, Arqueología
Mexicana, no. 32, Poder y política en el
México Prehispánico, México, s.f.
[1]
En Oasisamérica también hubo asentamientos humanos sedentarios con una
civilización importante. Era una pequeña zona al Norte de México que abarcó a
parte de Sonora, Chihuahua y suroeste de Estados Unidos.
[2]
En el caso de América los Virreinatos que surgieron fueron dos el de
la Nueva España en el Norte (y además las islas asiáticas de las Indias
Orientales), y el Virreinato del Perú en
el Sur (junto con las posesiones en África). Posteriormente este segundo
Virreinato en el siglo XVIII se dividió, surgiendo también los Virreinatos de Nueva Granada y Río de la
Plata. Al Virreinato de Río de la Plata también se le añadieron las posesiones
africanas de dos islas frente a la Guinea Ecuatorial.
[3]
No obstante, no hubo en el siglo XVI una claridad inmediata de cómo gobernarlos
política y tributariamente, habiendo una diferencia de opinión entre Carlos V y
Hernán Cortés. Hubo tres posiciones básicas: 1) los indígenas deberían pagar
tributo directamente al rey. 2) rendir vasallaje a los encomenderos y éstos
últimos responder al rey, 3) conservar el vasallaje de los indios a los señores indígenas o
caciques, y tratarlos como feudos subordinados al Imperio Español que tenían
que pagar tributo a la Corona. Se impusieron y coexistieron las soluciones
encomenderas y señoriales. Finalmente los señoríos fueron disminuyéndose, al
grado de que para 1821 quedan unos 4000 pequeños señoríos. Los cabildos, los
encomenderos y los caciques, se convirtieron en las estructuras políticas para
resolver los problemas locales,
compitiendo entre sí por la supremacía y supervivencia. Fue hasta que surgió el
modelo municipal republicano que terminaron por desaparecer. Cfr. file:///C:/Users/Ricardo/Downloads/829-1319-1-PB.pdf
(consultado el 1 de agosto del 2014).
[4]
El Distrito Federal como entidad de la Federación en un origen no era
democrático. Su Regente era designado por el Presidente de la República y una
ley decretada para el Distrito Federal. En 1988, se creó una Asamblea de
Representantes que permitía representación legislativa a los habitantes del
D.F., pero legalmente fue considerado un gobierno local, sino hasta 1994.
El Jefe de Gobierno se empezó a elegir hasta 1994, siendo Cuauhtémoc Cárdenas el
primero producto de una elección popular.
[5] Antes de 1927 las presidencias tenían una
duración de cuatro años, pero había muchos disturbios políticos siempre antes
de las elecciones, era costosa realizarlas con esa frecuencia frente a una
economía precaria y los seis años darían
más tiempo de establecer mejor un programa político. Pocos países tiene períodos presidenciales
tan extensos como el mexicano.
Muy bueno
ResponderEliminar